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La ley de prevención de riesgos laborales 31/95, modificada por la ley 54/2003 BOE nº 269 de 10/11/1995, BOE nº 298 de 13/12/2003 y el RD 1215/97 del 18 de julio, obliga al empresario a que garantice a cada trabajador una formación teórica y práctica en materia preventiva y que reciban una información adecuada sobre los riesgos derivados de la utilización de los equipos de trabajo. Y se establece que la conducción de equipos de trabajo automotores estará reservada a los trabajadores que hayan recibido una formación específica para la conducción segura de esos equipos de trabajo y el conocimiento del material que ha de conducir y transportar en su empresa. |